Cuales son las faltas graves para el despido

Infracciones graves: Empleo o distribución a terceros de información confidencial del empleador. Asistencia reiterada en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas o substancias estupefacientes. Actos de crueldad, indisciplina grave, insultos y falta de palabra verbal o redactada que perjudique al empleador oa el resto trabajadores.

La capacitad sancionadora de la compañía

En el campo de las relaciones laborales, la compañía está en su derecho a organizar las distintas tareas a efectuar por sus trabajadores, acatando los límites establecidos por la ley.

Por consiguiente, el Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que el trabajador está obligado a efectuar el trabajo pactado con la compañía, bajo la dirección del empresario o de la persona en quien delegue.

Límites a las sanciones

El Estatuto de los Trabajadores y los Convenios Colectivos establecen los próximos límites con relación a las sanciones a los trabajadores:

  • Es imposible achicar la cantidad relacionada con las sanciones en algún momento. un periodo de licencia o cualquier persona que intervenga con los días de reposo del trabajador. Tampoco lo son las multas sobre los recursos.
  • El trabajador no puede ser sancionado un par de veces por exactamente el mismo hecho, pero sí puede imponerse exactamente la misma sanción en el momento en que el hecho es repetido. Hay que tener en consideración que se puede detallar un efecto acumulativo como hemos visto en la situacion previo.
  • La sanción ha de estar relacionada con la infracción.
  • Para la imposición de sanciones por infracciones graves o muy graves se tienen que cumplir formalidades equivalentes a las del despido.
  • Si el trabajador homologado está afiliado a un sindicato, la sanción ha de ser comunicada al sindicato.
  • Si el sancionado es un trabajador registrado, por servirnos de un ejemplo, un gerente o encargado sindical, la sanción debe imponerse formalmente por medio de un trámite que deje al trabajador impugnar la sanción.
  • Si la infracción es muy grave, se va a deber reportar al Comité de Compañía.

Fundamentos de las sanciones laborales

Todos y cada uno de los trabajadores tienen la posibilidad de cometer fallos en el ejercicio de su trabajo, no obstante, una falta grave no se reconoce como tal fallo, puesto que una cosa «mala» que se realizó de forma voluntaria. ¿Exactamente en qué caso la compañía puede considerarlo una falta grave?

  • Acoso: un trabajador crea un ámbito incómodo en el que otro compañero se siente intimidado, y empleará insultos, amenazas y mofas.
  • Acoso sexual: está relacionado con el previo, pero es un delito considerablemente más grave. En el momento en que esto ocurra, la compañía va a deber denunciarlo a las autoridades policiales.
  • Llegadas tarde o sepa del sitio de trabajo: ningún trabajador puede llegar a su sitio de trabajo o ausentarse sin una razón válida.
  • Castigo al cliente: el cliente siempre y en todo momento ha de ser lo primero y si bien en ocasiones no lleve razón, no tienes que perder el rumbo.
  • Hurto a la compañía: no está tolerado llevarse dinero o material que sea propiedad de la compañía.
  • Consumo de substancias estupefacientes: Queda terminantemente contraindicado el consumo de alcohol y drogas a lo largo de la jornada de trabajo. Tampoco se deja estar que se encuentra en el sitio de trabajo con signos claros de estar bajo la predominación de estas substancias.
  • Engañar.
  • Emular tras tener un incidente o patología.
  • Efectuar un trabajo que no es exactamente el mismo a lo largo de la jornada de trabajo.

Fundamentos de despido disciplinario

Como hemos dicho, la sanción mucho más grave que el empleador puede imponer al trabajador es el despido disciplinario, que debe fundamentarse en uno de las causas. que están incluidos de manera importante en el Estatuto de los Trabajadores, y se concretan en la carencia de asistencia o puntualidad en el trabajo, indisciplina o desobediencia, faltas verbales o físicas, incumplimiento de la buena fe contractual, desempeño achicado, embriaguez o drogadicción y acoso discriminatorio.

Las ausencias de asistencia y puntualidad han de ser reiteradas y no justificadas, estimando que estas ausencias no marchan objetiva y de forma automática, sino han de ser estudiadas en su verdad de forma concreta y única en todos y cada caso. El Estatuto de los Trabajadores no establece ciertas ausencias o tardanzas que logren ofrecer rincón a la resolución de despido, pero estos factores temporales acostumbran a estar fijados en los convenios colectivos.

Índice de entrada

  1. Poder disciplinario de la compañía
  2. ¿Cuáles son las razones por las cuales un trabajador puede ser homologado?
  3. Ejemplos de sanciones
  4. Prescripción de sanciones. ¿Cuánto tiempo tienes para castigarme?
  5. Los límites de la sanción. ¿Cuál puede ser la sanción?
  6. Trámite para la imposición de sanciones
  7. Opciones de los trabajadores

El empleador tiene derecho, en la relación laboral, a organizar distintas tareas a sus usados, siempre y en todo momento con algunos límites.

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad