Despido a Embarazada según la nueva reforma laboral

despido embarazada

El despido de una mujer embarazada siempre es un tema delicado, y por lo tanto muchas empresas, o las mismas empleadas, no saben lo que realmente significa esto. Debes saber, que con la nueva reforma laboral el despido a embarazada se puede proceder siempre y cuando el despido se ajuste a las causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción), establecidas en la legislación correspondiente.

Existen varios tipos de despido en este caso y por lo tanto, es importante leerlos con atención y entender en cuáles casos puede ser impugnado o no. De igual forma, hay una protección especial a las trabajadoras embarazadas con el fin de dar más apoyo a la maternidad.

Siempre se recomienda consultar con un profesional del ordenamiento jurídico y revisar lo que determina el Estatuto de Trabajadores en estos casos.

Continúa leyendo, en este artículo te explicaremos cuál es la protección que tiene una embarazada en casos de despido, cómo procede si cuenta con contrato indefinido y si tiene derecho a la indemnización.

¿Me pueden despedir estando embarazada?

Si una empresa decide despedir a una de sus empleadas que está embarazada, no puede hacerlo por la causa de la gestación. La única manera en que este despido puede proceder es si está justificados según lo dispuesto en el Estatutos de Trabajadores.

En el artículo 53 del ET se establece que serán nulos los despidos “de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión”.

Ahora, si la persona incurrió en faltas disciplinarias en varias ocasiones en ese caso se puede proceder a un despido disciplinario. También la empresa puede proceder a un despido por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción).

Es decir, sí te pueden despedir estando embarazada si dicho despido se justifica por motivos disciplinarios u objetivos. En ningún caso, las causas deben estar relacionadas con el embarazo.

¿Cuáles son las causas de un despido a embarazada?

Así como sucede con otros trabajadores existen dos tipos de despido para una mujer embarazada: por motivos disciplinarios o por causas objetivas.

Las causas del despido disciplinario están establecidas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajador, en las que se encuentran faltas de asistencias (no justificadas), los insultos, agresiones o acoso a otros compañeros de trabajo, bajo rendimiento laboral, el consumo de estupefacientes o alcohol durante la jornada laboral.

Si la mujer trabajadora incurre en cualquiera de estas faltas la empresa podrá proceder al despido a pesar de su estado de embarazada. La empresa debe comprobar que fue despedida por una de estas causas justificadas.

Por su parte, las causas objetivas están establecidas en el artículo 52, que puede ser por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción. En ese caso la empresa igual debe justificar el motivo del despido.

Despido justificado

El despido justificado puede ser: objetivo o disciplinarios. La carta de despido debe contener las razones por la que se decidió prescindir del empleado.

Por ejemplo, el despido objetivo se define como aquel que se justifica en razones ajenas a la voluntad de la empresa o a la conducta del empleado. Estos pueden darse por problemas económicos de la empresa, organizativos o de producción. Es un despido regulado en el artículo 53 del Estatuto de Trabajadores.

También existe el despido disciplinario que depende netamente del comportamiento del empleado, si el mismo incurre en faltas como acoso a otros trabajadores, faltas de respeto al personal, faltas injustificadas a la jornada laboral, el consumo de alcohol o estupefacientes durante el trabajo, puede ser despedido bajo estas causas.

En estos casos la empresa está en su derecho de recurrir a un despido justificado, así la empleada esté embarazada.

Despido injustificado

Un despido injustificado es cuando se recurre a despedir a un empleado sin entregarle las causas por las cuales se decidió tomar esta decisión. En este caso, se puede impugnar el despido ante un tribunal y el juez determinará la decisión final.

Si se determina que en efecto fue un despido nulo, se puede proceder a la readmisión inmediata del empleado con un abono de tramitación y también una indemnización.

Por su parte, si se determina que fue un despido improcedente, en ese caso la empresa debe readmitir al empleado, también abonar los salarios de tramitación o pagar la indemnización por despido improcedente.

En cualquiera de los casos, lo más recomendado es asesorarse con un abogado laboralista que pueda evaluar y estudiar el caso, para así velar por el debido cumplimiento de lo que se establece en el Estatuto de Trabajadores.

Despido a embarazada indefinido

A una trabajadora embarazada con contrato indefinido la pueden despedir de dos formas, con despido por causas objetivas en la que tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajados, o por un despido disciplinario, en este caso no tendrá derecho a ninguna indemnización.

Los trabajadores con contrato indefinido o a prueba gozan de los mismos derechos, mismas cotizaciones a sus Seguridad Social, mismo salario en los puestos equivalente, también cuentan con los mismos días de vacaciones.

La diferencia es al momento de ser despedido y recibir la indemnización. Pero el hecho de contar con un contrato indefinido estando embarazada no significa una protección mayor a la establecida en la ley. Si el despido es justificado igualmente se puede prescindir de la trabajadora.

Despido a embarazada periodo de prueba

Despedir a una trabajadora embarazada en periodo de prueba, puede resultar más sencillo para la empresa por el hecho de que solo tendría que esperar a que termine la duración del contrato sin tener que acudir a un despido.

Existen varios tipos de contrato temporal: Contrato por obra y servicio, contrato eventual y contrato de interinidad. En todos estos casos, salvo en el de interinidad (que no tiene derecho a indemnización por la finalización del contrato) el resto de contratos temporales tienen derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado.

Indemnización despido a embarazada

La indemnización de un despido a una embarazada va a depender de varias razones:

  1. Tipo de contrato: Si el contrato y el despido fue por causas objetivas, la trabajadora gozará de una indemnización de 20 días por año trabajados. Si el contrato fue temporal y no era de tipo interinidad, podrá tener una indemnización de 12 días por años trabajados.
  2. Causa del despido: Si las causas de despido fueron objetivas según lo establecido en el Estatuto de Trabajadores podrá igualmente cobrar su indemnización. Ahora si el despido fue disciplinario, no tendrá derecho a la indemnización.

En cualquier caso, la trabajadora siempre tendrá opción de impugnar el despido, siempre que no se encuentre conforme con la decisión tomada. Según sea el caso y lo que determine el juez la indemnización podría ser mayor.

¿Se puede impugnar el despido?

Si no estás conforme con la decisión tomada por la empresa siempre tendrás derecho a impugnar ante un tribunal tu despido. En este caso, la empresa deberá mostrar todas las pruebas por las que tomaron la decisión de despedir a una mujer trabajadora estando embarazada.

El juez revisará con atención si se justifica o no el despido para tomar su decisión. Lo que puede pasar es que se determine este despido como nulo o improcedente, que como se mencionó anteriormente la empresa tiene que de readmitir al trabajador e incluso pagar la indemnización correspondiente.

Además, hay que tener en cuenta que si en el juicio se demuestra que no está justificado el despido de esta trabajadora, esta mujer embarazada tiene una protección especial y por lo tanto la empresa no puede elegir entre pagar indemnización o readmitir. La decisión recae en la trabajadora.

Ahora si la empresa logra comprobar que efectivamente fue un despido procedente, la empleada no podrá hacer más nada que exigir su finiquito incluso si se encuentra embarazada.

¿Existe una protección a las embarazadas?

En el Estatuto de Trabajadores se establece una protección a las trabajadores embarazadas en el artículo 55. En el que se especifica que un despido será completamente nulo por causas de discriminación prohibidas en la Constitución o que se produzca por violación de derechos fundamentales.

Por ejemplo, si la trabajadora está embarazada y la empresa decide despedirla por ese motivo dicho despido se determinará completamente nulo. La trabajadora por lo tanto, tendrá derecho de pedir los permisos correspondientes que se establecen en los apartados 4, 4 bis y 5 del artículo 37.

De esta manera, se busca proteger la maternidad y el empleo de las madres que son especialmente vulnerables a diferentes circunstancias. Muchas organizaciones continúan pensando que no existe suficiente protección a las mujeres trabajadores embarazadas, sin embargo es un tema que continuará en discusión entre la población española.

Recuerda leer con atención cada apartado de este artículo para entender qué se debe hacer en caso de un despido a una embarazada, cómo se puede proceder el mismo y qué es lo que establece el Estatuto de Trabajadores en cada caso. En cualquier caso es importante apegarse fielmente a lo establecido en la ley y Constitución para evitar cualquier problema.

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