Despido procedente: causas, indemnización y derecho a paro

despido procedente
Cuando un empresario decide unilateralmente y contra la voluntad del trabajador cesar la relación laboral, se produce lo que se conoce como despido.  Se considera que la extinción del contrato por parte de la empresa es un despido procedente cuando existe una causa que lo justifica. Por lo tanto, el despido procedente está amparado por la ley.

Es importante tener en cuenta que no es un tipo de despido. Para que el despido pueda ser calificado de procedente, el afectado debe llevar el caso al juzgado. Es decir, para que un despido se considere procedente tiene que ser un juez el que determine que dicho despido está bien hecho.

Por lo tanto, cuando un trabajador es despedido por causas disciplinarias o por motivos objetivos, este está en su derecho de impugnar el despido.

¿Qué es un despido procedente?

¿Qué es un despido procedente?
Existen varios tipos de despidos que justifican un despido procedente: el despido disciplinario y el despido objetivo.

Si la empresa tiene razones para el despido, tanto si se trata de un despido disciplinario como de un despido objetivo, es importante que siga el procedimiento establecido para ello.

  • Si se trata de un despido objetivo, la empresa debe avisar al menos 15 días antes de que se produzca el despido y comunicar la causa por la cual va a proceder al despido.
  • Si el despido objetivo es colectivo, la empresa debe abrir un periodo de consulta.
  • Si se trata de un despido disciplinario, la empresa debe justificar las causas del despido en la carta de despido que entregue al trabajador.

Tras el despido, la persona despedida tiene derecho a acudir a la jurisdicción social para comprobar que se han cumplido los requisitos legales, especialmente si no está de acuerdo o si cree que hay errores en el procedimiento.

Según el derecho laboral, el empleado despedido tiene  un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido. En ese plazo, el trabajador puede interponer una demanda en el juzgado de lo social, donde podrá recibir toda la información necesaria para saber si su despido es procedente y sobre cómo impugnarlo.

Si el Tribunal considera que el despido no es procedente, dicho despido podrá ser considerado improcedente o nulo, lo que dará lugar a las acciones legales previstas en la legislación.

Si el despido se considera procedente, la relación laboral se considerará extinguida y el empresario no tendrá que pagar salarios de tramitación, es decir, no tendrá que abonar  la reclamación de los trabajadores para compensar la pérdida de ingresos durante el tiempo que ha durado la reclamación.

En cualquier caso, sea cual sea la decisión del juez, es importante tener en cuenta que en este tipo de procedimiento no se condena en costas, por lo que el trabajador despedido puede acudir a la jurisdicción social sin temor a tener que pagar costas en caso de que el fallo sea a favor de la empresa.

Causas de un despido procedente

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Como se ha visto anteriormente, la empresa puede proceder a la cancelación de un contrato por varios motivos. Uno de estos motivos es el despido objetivo. El Estatuto de los Trabajadores establece varias causas de despido objetivo, como ineptitud del trabajador, falta de adaptación a las modificaciones del puesto de trabajo o despido por motivos económicos, organizativos, de producción o técnicos, entre otros.

Otro motivo que justifica un despido procedente es el incumpliendo contractual grave y culpable del trabajador. En este caso, sería un despido disciplinario. Los principales incumplimientos contractuales que recoge el  Estatuto de los Trabajadores son motivos disciplinarios, absentismo laboral y falta de puntualidad, bajo rendimiento y acoso, entre otros.

Cabe destacar que, para que el juez considere el despido disciplinario como procedente, la empresa debe entregar una carta de despido al trabajador en la que especifique los motivos de dicho despido y la fecha de estos. Si el trabajador impugna el despido, esta carta será fundamental para poder demostrar por qué la empresa ha decidido despedir al trabajador.

Además, la empresa debe poder acreditar y probar la causa que motiva el despido. En caso contrario, el despido puede considerarse improcedente o nulo.

Motivos disciplinarios

La desobediencia y/o la indisciplina es uno de los motivos que justifican un despido disciplinario. Si el trabajador no cumple con sus obligaciones contractuales y/o desobedece las órdenes de sus superiores estará cometiendo una falta grave que justificaría el despido disciplinario.

Absentismo laboral o falta de puntualidad

Llegar tarde o faltar al trabajo sin justificación también puede justificar el despido disciplinario, en la medida que dichas faltas se consideren una falta muy grave. En este sentido hay que recurrir al convenio colectivo aplicable, en el que se establece el número de ausencias y  faltas de puntualidad que pueden constituir una falta muy grave y que, por lo tanto, justifiquen el despido disciplinario.

Rendimiento

La disminución del rendimiento laboral considerado normal o por debajo de lo pactado es otra causa para aplicar un despido disciplinario. Para que sea considerada una causa grave y, por ello, motivo de despido, esta reducción del rendimiento debe ser  continuada y voluntaria. Es importante destacar que para demostrar esta reducción del rendimiento hace falta una comparación respecto al rendimiento anterior y/o al de los compañeros de trabajo.

Acoso

El acoso al empresario o a otros trabajadores es otra de las causas que justifica un despido disciplinario. Se considera para ello el acoso racial o étnico, por religión o convicciones, por discapacidad, por edad o por orientación sexual, así como el acoso sexual o por razón de sexo.

Otros motivos de comportamiento

Otros motivos disciplinarios que se consideran como despido procedente son las ofensas verbales o físicas y los daños a los bienes de la empresa, así como  la transgresión de la buena fe contractual y/o abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

Si el trabajador acude habitualmente en estado de embriaguez o bajo los efectos de alguna droga, y su estado repercute negativamente en su trabajo, también puede ser despedido.

¿Tengo derecho a una indemnización por despido procedente?

¿Tengo derecho a una indemnización por despido procedente?

En cuanto a la indemnización por despido procedente, solo el despido objetivo da derecho a recibir indemnización. Concretamente, la indemnización a la que se tiene  derecho tras un despido objetivo es de veinte días por año de servicio con un máximo de un año de salario.

En cualquier caso, tanto si se trata de un despido disciplinario como de un despido objetivo, el trabajador tiene derecho a recibir el finiquito, que incluye salarios atrasados, horas extraordinarias, vacaciones no disfrutadas y otros conceptos debidos por la empresa.

¿Tengo derecho al paro tras un despido procedente?

¿Tengo derecho al paro tras un despido procedente?

En cuanto al derecho al paro tras un despido procedente, esto no depende del tipo de despido ni de las circunstancias que lo justifican. Por lo tanto, todos los trabajadores tienen derecho a la prestación por desempleo, tanto si el despido ha sido objetivo como disciplinario, siempre y cuando cumplan los requisitos necesarios para ello.

Por lo tanto, si se ha cotizado al menos un año en los últimos seis años antes de producirse el despido, el trabajador tendrá derecho a recibir la prestación por desempleo. La cuantía de la prestación y su duración dependerán del tiempo cotizado y de la base de cotización.

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