Según quién es la persona que efectúa el acoso, singularmente la situación jerárquica que tiene con relación a su víctima, hay tres géneros de movilización en el sitio de trabajo: Horizontal. Se da entre personas del mismo nivel jerárquico, por norma general asociados. verticales hacia abajo. verticales verticales.
La administración de usados no es una labor simple, con lo que el acoso laboral es más frecuente de lo que semeja. ¿Sabes de qué forma identificarlo? Aquí te afirmaremos lo que tienes que tomar en consideración para eludir multas y fomentar un ámbito de trabajo saludable.
¿Sabías que el exceso de trabajo o el cambio persistente de horario se tipifican como acoso laboral? Ya que muchas son las ocasiones que se tienen la posibilidad de enseñar en tu organización, es esencial que la dirección de RRHH tenga claro los diversos tipos de acoso que hay, para dañar las relaciones laborales y, lo que es peor, mostrar a la organización a inconvenientes legales.
Secuelas del acoso laboral
Como toda situación de estas especificaciones, el acoso escolar conlleva múltiples inconvenientes, tanto a corto como en un largo plazo. Hablamos de secuelas físicas y sicológicas para la víctima, pero raras veces similares con el ambiente laboral y otros problemas.
Estas son ciertas secuelas físicas que tienen la posibilidad de tener las víctimas de bullying, singularmente en el momento en que la situación se alarga en el tiempo:
Estos son los modelos de castigo y bullying más habituales en el trabajo
El abuso o acoso en el trabajo se encuentra dentro de las realidades mucho más lamentables en todo ambiente laboral. Si bien hay muchas leyes que resguardan al trabajador de este género de situaciones, aún existe en varios contextos. Además de esto, más allá de que las comunidades han ayudado a visibilizar y desmentir el castigo laboral, ciertos indicadores señalan a que puede estar incrementando, singularmente en ciertos estados del país y singularmente con relación a formas de proceder discriminatorias.
Esta situación toma varios puntos en el planeta del trabajo, desde la discriminación hasta el acoso sexual; no obstante, en alguno de sus muestras, el abuso laboral siempre y en todo momento va a ser impropio y también incomprensible, puesto que la víctima (normalmente el trabajador) tiene todas y cada una de las de perder. El castigo en el trabajo tiende a ser una situación desapacible de acoso que atenta contra la dignidad y el confort físico y psíquico de quien lo padece.
Según quién hostiga
Según quién hostiga a la persona, específicamente la situación jerárquica que tiene con relación a su víctima, hay tres géneros de movilización en el sitio de trabajo:
- Horizontales. Se da entre personas del mismo nivel jerárquico, normalmente asociados. Es común que el inconveniente resida en fundamentos personales, que nada tienen relación con el trabajo.
- Bajando verticalmente. El acoso es lo que hace un mayor a alguien que está bajo su mando. Es mucho más bien difícil denegar por el hecho de que la víctima debe rendir cuentas al que se comporta de esa forma y no es sencillo para él manejarlo.
- Vertical ascendiente. En un caso así es en el momento en que un trabajador fue hostigado por un superior.
Accionar que equivale a acoso laboral.
El producto 7 de la Ley 1010 de 2006 establece de manera expresa las próximas formas de proceder de acoso laboral:
- Actos de agresión física, con independencia de sus secuelas.
- Comentarios ofensivos o insultantes sobre la persona, usando el nombre o citando a la raza, sexo, origen familiar o nacional, prioridad política o condición popular.
- Comentarios hostiles y despreciativos de inhabilitación profesional expresados en presencia de compañeros de trabajo.
- Las amenazas de despido injustificado expresadas en presencia de compañeros de trabajo.
- Demandas multidisciplinarias de alguno de los sujetos activos del acoso, cuya imprudencia se pruebe por el resultado de los propios procesos disciplinarios.
- Inhabilitación de degradación y en presencia de proposiciones de colaboración o comentarios de trabajo.
- Mofas sobre el aspecto física o la manera de vestir, fabricadas públicamente;
- El comentario público sobre hechos relacionados con la privacidad humana.
- La imposición de deberes que simulen extraños a las obligaciones laborales, las demandas expresamente desmedidas con el cumplimiento del trabajo encomendado y el cambio repentino de sitio de trabajo o contrato de trabajo sin fundamento propósito con relación a el necesidad técnica de la compañía.
- La obligatoriedad de trabajar horas excesivas con relación a la jornada de trabajo contratada o establecida por la ley, los cambios inopinados en el momento de trabajo y la obligatoriedad persistente de trabajar todos los domingos y festivos sin base objetiva en demandas de la compañía. o de forma discriminatoria con relación a otros trabajadores o usados.
- Tratar poderosamente la discriminación contra otros usados en concepto de dar derechos y permisos laborales y también imponer deberes laborales;
- Negativa a hacer más simple material y también información completamente que se requiere para la realización del trabajo.
- Es claro que los privilegios, licencias por patología, licencias normales y vacaciones se deniegan, sin justificación, en el momento en que hay las condiciones legales, normativas o de convenio para solicitarlos.
- Envío de mensajes anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido ofensivo, insultante, intimidatorio o perturbador de una situación de aislamiento popular.